A partir de Diciembre/2013 se amplía la cobertura médica a través del Sistema Nacional Integrado de Salud a los cónyuges o concubinos de los trabajadores públicos y privados y las personas a que refieren los arts. 62 (jubilados), 70 (prestación de servicios personales fuera de la relación de dependencia) y 71 (propietarios de empresas unipersonales) de la ley Nº 18.211.
Se cumple de esta forma con la cuarta etapa del proceso de incorporación de cónyuges o concubinos sin cobertura médica del Seguro Nacional de Salud, que comenzó en 12/2010 integrando a aquellos con 3 o más hijos a cargo, ampliándose desde 12/2013 la población amparada